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AIG México Compañía de Seguros, S.A. de C.V.
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Aplica para siniestros ocurridos con fecha anterior al 1° de enero de 2008. |
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Por Desempleo Involuntario
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Cobertura
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Esta protección cubre hasta el importe de 3 mensualidades de su crédito Hipotecario
con un máximo de 15,000 en el caso de que el acreditado TITULAR se encuentre desempleado.
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Características
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Esta cobertura aplica exclusivamente para clientes que trabajan tiempo completo
en una empresa, dependencia gubernamental bajo un contrato definitivo de trabajo
y que queden desempleados de manera involuntaria.
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Exclusiones
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Desempleo involuntario del acreditado dentro del periodo de espera de jubilación,
pensión o retiro anticipado del acreditado.
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Renuncia voluntaria.
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La rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad del patrón por alguno
de los supuestos a que se refiere el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo.
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Terminación de la relación laboral bajo un contrato de tiempo determinado por cualquier
causa.
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Proceso de reclamación
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El titular del crédito deberá acudir a la oficina de Financiera México donde solicitó
el crédito y presentar la siguiente documentación en original y copia fotostática.
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Formato de Reclamación debidamente llenado.
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Finiquito original o copia de finiquito con carta del empleador original con sello
y firma de representante de la empresa indicando el motivo de la separación, fecha
de ingreso y salida de su empleo.
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Baja del IMSS o ISSSTE.
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Copia certificada de Laudo Arbitral (Sustituye al punto no.2).
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Estar al corriente en sus mensualidades.
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Copia de identificación oficial con fotografía del cónyuge o beneficiario.
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Copia de identificación oficial con fotografía del titular.
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Copia simple de contrato de crédito o copia del documento en el que aparezca la
firma del titular y cónyuge (escritura).
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Copia del Estado de cuenta con saldo insoluto.
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Por Incapacidad Total Temporal
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Cobertura
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Esta protección cubre hasta el importe de 3 mensualidades de su crédito Hipotecario
con un máximo de 25,000 en el caso de que el acreditado TITULAR se le dictamine
una incapacidad total temporal.
Diseñado para todo tipo de trabajadores independientemente de la actividad laboral
que desempeñe .
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Características
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Esta cobertura aplica exclusivamente para clientes que trabajan de forma independiente
como comerciantes, trabajadores o profesionistas que estén percibiendo un ingreso
como auto empleados y sufran un accidente o enfermedad que les impida desempeñar
su actividad habitual, debiendo estar hospitalizados o permanecer en su domicilio
y que no cuenten con ningún servicio médico (IMSS, ISSSTE, etc.).
Es indispensable que se mantenga al corriente del pago de su crédito para mantener
vigente el seguro.
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Proceso de reclamación
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Deberá acudir a la oficina de FINANCIERA MEXICO donde solicitó el crédito y presentar
la siguiente documentación en original y copia fotostática.
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Dictamen del Médico Particular.
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Formato de AIG debidamente requisitado.
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Copia de Acta de Nacimiento.
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Copia de la Credencial de Elector.
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A través de FINANCIERA MÉXICO, enviar a la compañía de seguros la documentación
correspondiente.
Una vez aceptada su reclamación, la compañía de seguros depositará directamente
a FINANCIERA MÉXICO el importe correspondiente a su mensualidad, hasta 3 meses.
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Todas las acciones derivadas del contrato del seguro prescriben a los 2 años contados
a partir de la fecha del acontecimiento que les dio origen (Art. 81 de la Ley sobre
el contrato de seguro)
Para más información acerca de este seguro por favor comunícate a la sucursal en
donde tramitaste tu crédito.
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CARDIF Compañía de Seguros, S.A. de C.V.
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Aplica para siniestros ocurridos a partir del 1° de enero del 2008. |
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Por Desempleo Involuntario
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Cobertura
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Esta protección cubre hasta el importe de 3 mensualidades de su crédito Hipotecario
con un máximo de 15,000 en el caso de que el acreditado TITULAR se encuentre desempleado
o se le dictamine una incapacidad total temporal.
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Características
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Esta cobertura aplica exclusivamente para clientes que trabajan tiempo completo
en una empresa, dependencia gubernamental bajo un contrato definitivo de trabajo
y que queden desempleados de manera involuntaria.
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Exclusiones
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Desempleo involuntario del acreditado dentro del periodo de espera de jubilación,
pensión o retiro anticipado del acreditado.
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Renuncia voluntaria.
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La rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad del patrón por alguno
de los supuestos a que se refiere el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo.
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Terminación de la relación laboral bajo un contrato de tiempo determinado por cualquier causa.
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Proceso de reclamación
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El acreditado deberá acudir a la oficina de Financiera México donde solicitó
el crédito y presentar la siguiente documentación en original y copia fotostática.
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Formato de Reclamación debidamente llenado.
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Finiquito original o copia de finiquito con carta del empleador original con sello
y firma de representante de la empresa indicando el motivo de la separación, fecha
de ingreso y salida de su empleo.
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Baja del IMSS o ISSSTE.
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Copia certificada de Laudo Arbitral (Sustituye al punto no.2).
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Estar al corriente en sus mensualidades.
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Copia de identificación oficial con fotografía del titular.
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Copia de contrato de crédito (escritura).
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Copia del Estado de cuenta con saldo insoluto.
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Por Incapacidad Total Temporal
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Cobertura
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Esta protección cubre hasta el importe de 3 mensualidades de su crédito Hipotecario
con un máximo de 15,000 en el caso de que el acreditado TITULAR se le dictamine
una incapacidad total temporal.
Diseñado para todo tipo de trabajadores independientemente de la actividad laboral
que desempeñe.
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Características
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Esta cobertura aplica exclusivamente para clientes que trabajan de forma independiente
como comerciantes, trabajadores o profesionistas que estén percibiendo un ingreso
como auto empleados y sufran un accidente o enfermedad que les impida desempeñar
su actividad habitual, debiendo estar hospitalizados o permanecer en su domicilio
y que no cuenten con ningún servicio médico (IMSS, ISSSTE, etc.).
Es indispensable que se mantenga al corriente del pago de su crédito para mantener
vigente el seguro.
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Proceso de reclamación
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El cónyuge o familiar más cercano deberá acudir a la oficina de Financiera México donde solicitó
el crédito y presentar la siguiente documentación en original y copia fotostática.
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Formato de Reclamación debidamente llenado.
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Copia de identificación oficial con fotografía.
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Copia certificada de la Incapacidad Total y temporal proporcionada por el IMSS o
ISSSTE, en caso de ser derechohabiente, en caso contrario Dictamen médico que acredite
la Incapacidad Total y Temporal proporcionado por un médico o especialista que cuente
con Cédula Profesional (no debe ser familiar del Acreditado).
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Copia de contrato de crédito.
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Copia de Estado de cuenta.
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Todas las acciones derivadas del contrato del seguro prescriben a los 2 años contados
a partir de la fecha del acontecimiento que les dio origen (Art. 81 de la Ley sobre
el contrato de seguro)
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