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Seguro de Desempleo

 

AIG México Compañía de Seguros, S.A. de C.V.
Aplica para siniestros ocurridos con fecha anterior al 1° de enero de 2008.
 
 
Por Desempleo Involuntario
 
 Cobertura
 
Esta protección cubre hasta el importe de 3 mensualidades de su crédito Hipotecario con un máximo de 15,000 en el caso de que el acreditado TITULAR se encuentre desempleado.
 
 Características
 
Esta cobertura aplica exclusivamente para clientes que trabajan tiempo completo en una empresa, dependencia gubernamental bajo un contrato definitivo de trabajo y que queden desempleados de manera involuntaria.
 
 Exclusiones
 
Desempleo involuntario del acreditado dentro del periodo de espera de jubilación, pensión o retiro anticipado del acreditado.
Renuncia voluntaria.
La rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad del patrón por alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo.
Terminación de la relación laboral bajo un contrato de tiempo determinado por cualquier causa.
 
 Proceso de reclamación
 
El titular del crédito deberá acudir a la oficina de Financiera México donde solicitó el crédito y presentar la siguiente documentación en original y copia fotostática.

Formato de Reclamación debidamente llenado.
Finiquito original o copia de finiquito con carta del empleador original con sello y firma de representante de la empresa indicando el motivo de la separación, fecha de ingreso y salida de su empleo.
Baja del IMSS o ISSSTE.
Copia certificada de Laudo Arbitral (Sustituye al punto no.2).
Estar al corriente en sus mensualidades.
Copia de identificación oficial con fotografía del cónyuge o beneficiario.
Copia de identificación oficial con fotografía del titular.
Copia simple de contrato de crédito o copia del documento en el que aparezca la firma del titular y cónyuge (escritura).
Copia del Estado de cuenta con saldo insoluto.
 
 
Por Incapacidad Total Temporal
 
 Cobertura
 
Esta protección cubre hasta el importe de 3 mensualidades de su crédito Hipotecario con un máximo de 25,000 en el caso de que el acreditado TITULAR se le dictamine una incapacidad total temporal.
Diseñado para todo tipo de trabajadores independientemente de la actividad laboral que desempeñe .
 
 Características
 
Esta cobertura aplica exclusivamente para clientes que trabajan de forma independiente como comerciantes, trabajadores o profesionistas que estén percibiendo un ingreso como auto empleados y sufran un accidente o enfermedad que les impida desempeñar su actividad habitual, debiendo estar hospitalizados o permanecer en su domicilio y que no cuenten con ningún servicio médico (IMSS, ISSSTE, etc.).
Es indispensable que se mantenga al corriente del pago de su crédito para mantener vigente el seguro.
 
 Proceso de reclamación
 
Deberá acudir a la oficina de FINANCIERA MEXICO donde solicitó el crédito y presentar la siguiente documentación en original y copia fotostática.

Dictamen del Médico Particular.
Formato de AIG debidamente requisitado.
Copia de Acta de Nacimiento.
Copia de la Credencial de Elector.

A través de FINANCIERA MÉXICO, enviar a la compañía de seguros la documentación correspondiente.

Una vez aceptada su reclamación, la compañía de seguros depositará directamente a FINANCIERA MÉXICO el importe correspondiente a su mensualidad, hasta 3 meses.
 
Todas las acciones derivadas del contrato del seguro prescriben a los 2 años contados a partir de la fecha del acontecimiento que les dio origen (Art. 81 de la Ley sobre el contrato de seguro)

Para más información acerca de este seguro por favor comunícate a la sucursal en donde tramitaste tu crédito.
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